10 píldoras para que seas legal cuando pienses tu estrategia en Internet

by Julen

Judge Doom™Este martes pasado, el día 16, tuve la oportunidad de escuchar a Jorge Campanillas, de Iurismática, hablar sobre los aspectos normativos a tener en cuenta para la presencia en Internet de una empresa. Fue en una jornada organizada por Euskadi+Innova. Todo un mundo de inquietudes… ¡y de oportunidades! Creo que no falto a la verdad si digo que lo habitual es el más absoluto desconocimiento de lo que nos exigen las normas. Y me pongo yo el primero, de burro por delante. Además, tengo la impresión de que a veces preferimos no saber que incumplimos las normas. Cabeza bajo tierra y cual avestruz espabilada, deja, deja, mejor ni me entero. Porque sí, el asunto exige lo suyo.

Jorge maneja un esquema muy sencillo que nos plantea los cumplimientos normativos por grados, según el tipo de presencia en Internet que consideremos. Por simplificar, cabe distinguir tres tipos de casos:

  1. La simple presencia en Internet sin seguimiento de usuarios ni compraventa. Algo muy 1.0 😉
  2. La presencia en Internet sin compraventa online pero con la habitual instalación de Google Analytics para analizar quién nos visita y qué es lo que hace.
  3. La presencia en Internet con lo anterior pero a lo que añadimos una compraventa online.

Evidentemente lo anterior son casos puros y simplificados para entender la «progresividad» de los requerimientos normativos. Ahí entre medio de esos tres tipos hay más casuística pero sirven para comprender que cuanto más queramos usar Internet más nos va a pedir en cuanto normativa a cumplir. No es lo mismo que manejemos datos de carácter personal, como nombres y direcciones de correo electrónico porque tenemos una newsletter, que no hacerlo. Como no es lo mismo vender online, lo que obliga a conocer y respetar las normas respecto a derecho de desestimiento por ejemplo, que no hacerlo.

De las notas que tomé, me permito hacer aquí una pequeña recopilación de píldoras. Por supuesto, tomadlas como mi interpretación personal. Si tienes dudas, acude a la fuente. O sea, a Jorge, que yo de esto lo justo justo 🙂

  1. Todo es cuestión de riesgo: ¿cuánto quieres arriesgarte? Cumplir al completo parece una pequeña locura, pero, ¿no cumplir con casi nada no lo es también?
  2. Piensa qué quieres proteger y hasta qué nivel. Comenzar con la marca parece lo más lógico. Una cosa es el dominio y otra la marca. Y no olvides que hoy con ingeniería inversa sabrán tanto o más de tu producto que si lo publicas en abierto.
  3. Razona en círculos concéntricos cuando hablamos de geografía: vender cerca es más sencillo normativamente. El mundo está bien como mercado, pero piensa un poco lo que implica sobre todo si vas a vender en Internet.
  4. Hay cuatro referencias normativas básicas: Ley de Servicios de la Sociedad de la Información LSSI, Ley Orgánica de Protección de Datos LOPD, Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y Ley de Propiedad Intelectual.
  5. Una simple presencia básica en Internet debería conllevar dos informaciones mínimas a mostrar en la web: el aviso legal y la licencia aplicada a los contenidos. Y si usamos cookies (por ejemplo tenemos Google Analytics o similar) su política correspondiente.
  6. En el caso de manejar datos de carácter personal (hemos habilitado suscripción y usamos el típico gestor de e-mail marketing) hay que incluir política de privacidad. Incluye hacer declaración ante la Agencia de Protección de Datos.
  7. Siempre facilitar la posibilidad de que cualquier persona que esté suscrita pueda darse de baja. Y consentimiento expreso de que quiere recibir comunicaciones comerciales aclarando su contenido.
  8. La problemática con la disposición Safe Harbor a cuenta del tratamiento de los datos personales en Estados Unidos (derivado del uso de aplicaciones como Google, Dropbox, Mailchimp y otras muchas) tiene su miga. Léete esto y luego decide 😉
  9. Si vendes por Internet, eres tú quien se responsabiliza de la garantía. Dime quién factura y te diré quién tiene la responsabilidad. Y la ley dice que el usuario tiene 14 días para realizar el desestimiento… a tu cargo.
  10. Si llegas al consumidor final con tu producto y vendes «de forma activa» en varios países, ya estás enterándote de la normativa que aplica en esos países. Deberás cumplirla.

En fin, es solo por tener aquí una pequeña chuleta de las cosas básicas. Lo dicho, si vas en serio con Internet, merece la pena ponerte serio con el cumplimiento normativo. Por cierto, el día 24 Jorge da otra charla en Donosti sobre el asunto. Una buena oportunidad para aprender.

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